Este jueves 23 de julio, feriado nacional por el Día de la Fuerza Aérea del Perú, los trabajadores tienen derecho a un descanso remunerado. En caso de laborar esa fecha sin recibir un descanso sustitutorio, deberán percibir un pago equivalente al triple de su remuneración diaria, informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
La entidad explicó que esta medida se aplica a los trabajadores del régimen laboral privado que presten servicios durante el feriado y no compensen esa jornada con un descanso en otra fecha.
¿QUÉ ME CORRESPONDE SI TRABAJO ESTE 23 DE JULIO?
Si trabajas en un día declarado feriado nacional, y no se te ha asignado un descanso sustitutorio que reemplace el feriado laborado, entonces te corresponde el pago de:
- La remuneración correspondiente al día feriado (ya incluida en la remuneración mensual).
- La remuneración diaria correspondiente a la labor efectuada.
- Un monto adicional equivalente a una sobretasa del 100 % de la remuneración diaria correspondiente a la labor efectuada.
Por ejemplo, si el trabajador gana S/50 diarios, y trabaja en un día declarado feriado nacional, entonces le corresponde la remuneración por el feriado (S/50), la remuneración por el trabajo realizado (S/50), y la sobretasa del 100 % (S/50). En total, el trabajador recibe S/ 150.
Sunafil precisó que no se considera trabajo en día feriado cuando el turno se inicia en un día laborable y concluye durante el feriado.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
La entidad advirtió que los empleadores que incumplan las disposiciones relacionadas con los descansos remunerados en días feriados pueden ser sancionados con multas de hasta S/288 915, dependiendo del tamaño de la empresa y del número de trabajadores afectados.
El incumplimiento de estas obligaciones constituye una infracción muy grave en materia de relaciones laborales.

